Las irregularidades más graves se cumplen en el ámbito de lo lícito

Si la corrupción urbanística es un iceberg, la parte que sobresale podría ser el caso de Marbella. La otra parte, la que no flota, mucho mayor que la que se ve, serían las corruptelas por el ejercicio discrecional de las funciones urbanísticas por parte de los Ayuntamientos.

“Esa discrecionalidad es inevitable en el ejercicio del urbanismo porque decidir es gobernar. Es peligroso que sea un juez quien controle esas decisiones porque puede acabar sustituyendo el interés general por su propio criterio”. Frente a la ilegalidad manifiesta, Germán Fernández Farreres, catedrático de Derecho Administrativo, señaló en la última jornada del curso ‘Algunas claves sobre la corrupción urbanística”, su preocupación por aquella que es más sutil: “La discrecionalidad es el mejor caldo de cultivo de corrupciones”.

Farreres, que habló sobre “Las dificultades de la jurisdicción contenciosa para el control de la actividad urbanística”, coincidió con el segundo ponente de la tarde, el también catedrático José Suay, en esa idea: “Las irregularidades más graves se cumplen en el ámbito de lo lícito”, señaló éste.

“Si las sentencias no se ejecutan es porque los jueces incumplen la ley de lo contencioso”.

Fernández Farreres señaló la lentitud como el gran problema de la jurisdicción contencioso administrativa. Considera que es un problema “endémico” y que su agilización no depende ni del tipo de procedimiento ni de la escasez de jueces.  Es un problema social, no legal. “La lentitud de la Justicia es colectivamente soportable porque el retraso perjudica a una parte pero beneficia a la otra”, dijo. La beneficiada suele ser la Administración, porque los actos que permite (la construcción de inmuebles gracias a las licencias que otorga), no suelen quedar suspendidos.

De esta manera, para Farreres, en un contencioso administrativo, “el recurso se gana cuando el juez decide la suspensión”, La Justicia cautelar sería, pues, el único modo de  evitar ciertos desmanes, pero para eso se requieren “jueces muy afinados” y  muy preparados. Además  las medidas cautelares tienen el peligro, como  ya se ha dicho más arriba, de sustituir el criterio del juez por el de una administración elegida democráticamente. Destacó que “se ha ido muy lejos en el entendimiento de la autonomía municipal” y apostó por establecer mecanismos,  no de tutela pero sí de control de las administraciones locales. “Si intervienen dos instancias, mejor que si interviene unan sola”, señaló.

La última parada del recorrido del contencioso administrativo es la ejecución de la sentencia. Farreres, como en el resto de su intervención, fue claro: “si las sentencias no se ejecutan es porque los jueces incumplen la ley de lo contencioso”. Es entendible que no se ejecuten porque “hay que tener un gran valor”. ¿Quién está dispuesto a llegar a las últimas consecuencias”, se preguntó el ex letrado del Tribunal Constitucional, para  sufrir un acoso social por derribar una construcción ilegal. En Marbella, dijo, hay veinte sentencias de derribo y “no se va a derribar nada”. “En el avance del nuevo Plan general se legaliza todo”, aseguró.

“El que cumple la ley piensa que es tonto”

La conferencia de José Suay llevaba por título “Los problemas y las carencias de la disciplina urbanística en Canarias”. Explicó que hay dos tipos de mecanismos represores: las medidas para restablecer la legalidad y las sanciones. El marco legal de Canarias, en cuanto a la disciplina urbanística, según Suay, “se hizo rápido” y deja un doble sistema sancionador, único en España.

Dentro de lo positivo, Suay señaló la creación de la Agencia de protección del medio urbano y natural o la inclusión de algunas sanciones ejemplarizantes. El negativo, que “el móvil que impulsó la reforma (de 2006) fue una especie de amnistía general”, lo que tiene da como resultado, según Suay, que “aquel que cumple la ley piensa que es tonto”. Se quejó, como la mayoría de los ponentes del curso, de la “impotencia en el control de los actos de iniciación”, es decir, del otorgamiento de licencias, y puso su confianza en el fomento de los instrumentos de transparencia y en una mayor aplicación de sanciones  a cargos públicos.

Apostó, finalmente, por una reforma del Derecho penal, que contempla multas de baja cuantía y plazos de preinscripción muy breves, además de avanzar en la figura de la prevaricación por omisión y aplicar la responsabilidad patrimonial sobre los cargos públicos condenados.

“Los notarios son los primeros en saber que se va a hacer una parcelación ilegal”.

Ana Linares, Fiscal de Medio Ambiente y Urbanismo de Sevilla, fue la última ponente del curso. Ya había participado en la primera jornada en la mesa redonda abierta al público. Se ciñó al título de su conferencia: “Los instrumentos de la fiscalía en la lucha contra la corrupción”. Esos instrumentos son el Derecho penal, la cooperación institucional, la coordinación interna y la intervención preventiva.

En medio de su enumeración de los delitos más comunes relacionados con el urbanismo afirmó que “los alcaldes y concejales hacen una defensa verdaderamente pobre de manera frecuente”. Habló de su experiencia de colaboración con otras instituciones para perseguir los delitos, lo que considera fundamental y dio un toque de atención a los notarios, de quienes dijo que son los primeros en saber que se va a hacer una parcelación, y, en ocasiones no sólo no advierten de que es una ilegalidad y lo comunican a la Fiscalía, sino que además  la registran. Señaló, finalmente, que se abre una puerta a una posible impugnación de convenios urbanísticos o de otros planeamientos por parte de los fiscales, algo imposible hasta ahora.

El debate final con los asistentes cerró el curso. Fernández Farreres, que había comenzado su intervención señalando que ante la corrupción “mejor no ponerse en riesgo”, terminó afirmando que “de la corrupción urbanística no estamos libres casi nadie”. “Es El Dorado”.